La importancia de una gestión transparente en la administración de edificios y condominios

 

La transpa

A pesar de que la enorme mayoría de las personas logran adquirir un condominio sin problemas, hay tres consejos básicos que le pueden ayudar a evitar problemas en su desición.

1.- Entienda bien cuándo “nace” legalmente un condominio.
La firma de la escritura de compraventa y su inscripción en el Registro Inmobiliario de forma que la propiedad aparezca a su nombre requiere que el condominio exista legalmente. Existen algunas figuras que permiten que usted compre derechos en un condominio, pero mientras la finca filial (así se llama cada una de las unidades en venta en un condominio) no tenga un número de matrícula (folio real también se llama), no existe como unidad independiente. Recuerde: Sin número de matrícula no tiene propiedad completa

2.- Una opción de compra es el final de la negociación, no el principio.
Una gran cantidad de reclamos sobre los condominios como la ausencia de infraestructura común prometida o expectativas frustradas por el Reglamento, pueden preverse en la opción de compra. Hay diversas herramientas útiles, como ligar el avance del pago al avance de la construcción, o prever un plazo de retracto (para deshacer el negocio) para tener tiempo de conocer el Reglamento (cuidando de tener el original) si es que no existe al momento de firmar la opción de compra.
Recuerde: Una opción de compra firmada sin asesoría legal, podría no proteger sus intereses adecuadamente.

3.- Los permisos y requisitos demuestran formalidad
La construcción de un desarrollo inmobiliario conlleva muchos trámites, pero hay información en línea para que usted los conozca (trámite de planos, por ejemplo), más la que pueda obtener de su Municipalidad.
Recuerde que los permisos de construcción son públicos y tiene derecho a esa información
Sala Constitucional, voto No 2012-007632: ante la solicitud que se hiciera a la Municipalidad de La Unión del permiso de construcción de un condominio, se pretendió impedir su acceso y la Sala Constitucional constata con esa conducta la violación del derecho constitucional de acceso a la información.

Corrobore que se cumplieron estos permisos así como que la empresa se encuentra autorizada para hacer ventas a plazo (verifique aquí en MEIC)

Requiera de su vendedor, al menos estos documentos:
– Carta de abastecimiento de agua que indique uso y caudal: puede ser de algún prestador como AyA, ESPH, un acueducto comunitario administrado por una ASADA o bien un pozo registrado ante el MINAE – en este último caso pida copia de la concesión del pozo vigente con su uso y caudal autorizados.
– Desfogue de aguas tratadas, con su permiso de vertido del MINAE y si hay Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, ubicación y capacidad de la Planta, carta de autorización de ubicación por el Ministerio de Salud, el permiso sanitario de funcionamiento de la Planta vigente, así como el menos el último reporte operacional que manda el Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas.
– Si dispone de él, la más reciente evaluación de calidad del agua, para corroborar que cumple con el Reglamento de Calidad del Agua Potable.
– Documento de entrega de la infraestructura eléctrica de alumbrado común a la compañía prestataria del servicio.

Poder proveer documentos en regla y estar autorizado según lo requieren las instituciones, suele ser una característica de los mejores proyectos y empresas más serias.